La Superintendencia de Recursos Jerárquicos, con el deseo de
contribuir al mejor conocimiento y comprensión de las profundas
transformaciones institucionales que se están produciendo en
nuestro país, ha llevado a cabo un Seminario para tratar importantes
temas relativos al Derecho Administrativo y al Sistema Regulatorio,
al mismo tiempo de hacer conocer los avances que, en estas materias,
se están dando en el ámbito mundial.
En
especial, se puso énfasis en el análisis de las modernas
corrientes doctrinales del Derecho Administrativo y de sus procedimientos
que, como parte del Derecho Público, son factores imprescindibles
para construir un Estado de Derecho.
Para este primer esfuerzo, hemos contado
con la invalorable cooperación recibida del Instituto Internacional
de Gobernabilidad de Barcelona y del Programa de Naciones Unidas
para el Desarrollo, que han permitido la presencia de notables expertos
internacionales en el tema. De igual manera, contamos con la participación
del Presidente del Tribunal Constitucional, de un Ministro de la
Corte Suprema de Justicia y de un Miembro del Consejo de la Judicatura,
quienes aceptaron nuestra invitación como una muestra de
simpatía y de adhesión personal a esta iniciativa.
De igual manera y en el mismo sentido
que el anterior, participaron autoridades del sistema regulatorio
nacional y conferencistas especializados, otorgándole a este
evento mayor brillo y principalmente reforzando el mensaje que queríamos
dar a la opinión pública en general, sobre la importancia
que tiene para nuestro país una mayor aplicación del
Derecho Administrativo, así como la comprensión del
sistema regulatorio, para lo cual, los medios de comunicación
tampoco escatimaron su estimable concurso.
En la parte inaugural, se transmitió
el mensaje de su Excelencia el Presidente de la República
General Hugo Banzer Suárez, quien encomendó su lectura
al Señor Ministro de la Presidencia, Dr. Franz Ondarza Linares.
En la clausura, se tuvo la presencia del Presidente de la Honorable
Cámara de Diputados, Lic. Hugo Carvajal, quién también
pronunció un mensaje a nombre de ese importante Poder del
Estado.
Asistieron a este seminario cerca
de medio millar de concurrentes, entre los que se contaron servidores
públicos, profesionales y estudiantes, quienes representaron
con brillo a sus entidades, tanto privadas como públicas,
como demostración palpable del interés que despertó
el tema tratado, no sólo desde un punto de vista analítico,
sino también de su puesta en práctica, que además
de constituir un largo proceso, resulta un imperativo para seguir
avanzando en la senda de la democracia.
Hemos querido plasmar en el presente
libro, todas las intervenciones que tuvieron lugar como testimonio
del esfuerzo que constituyó llevar adelante este Seminario,
esperando que sea útil al público lector como fuente
de consulta y renovación. Si ese es el resultado, estaremos
satisfechos.
Continuaremos con nuestra tarea de
difusión, por considerar que es una obligación de
todos, en especial de las autoridades, contribuir al permanente
objetivo y esfuerzo para impulsar el desarrollo progresivo de un
Estado de Derecho.
La Evolución del Derecho
Administrativo
En el Seminario se han hecho muchas
manifestaciones de valiosos criterios que nos han recordado especialmente
las diversas fases de la evolución del Derecho Administrativo
en los últimos 200 años, que tienen relación
incluso con las revoluciones francesa y americana, cuando nacen
las primeras normas administrativas para reemplazar las decisiones
de los autócratas, tan abundantes en períodos recientes
de la historia.
Hemos recordado de esta manera, que
debido a la evolución de las instituciones, el Poder omnímodo
que se ejercía en el pasado está sometiéndose
paulatinamente al Derecho, a través de la adopción
de un conjunto de principios, reglas y técnicas, para lograr
que éste no actúe sin límite, que no sea absoluto,
arbitrario, al margen de la Ley, y menos por encima de ésta.
En el transcurso del tiempo, los ciudadanos
y con mayor razón en las sociedades maduras, han logrado
gradualmente contar con los instrumentos necesarios, para que el
Poder sea sometido a reglas y a límites que eviten un ejercicio
prepotente e ilimitado.
Los conferencistas nos han mostrado
la evolución de esas normas que han ido constituyéndose
en lo que denominamos como Derecho Administrativo, actualmente pilar
inexcusable e imprescindible del Estado de Derecho, lo que significa
que un Estado moderno no solamente debe tener capacidad suficiente
para garantizar los derechos de la ciudadanía, sino también
de realizar con eficiencia los requerimientos de los intereses colectivos.
Se analizó el cambio histórico
sustantivo y básico que se dio en el pasado, en la relación
de las personas con los gobernantes que ejercían el Poder,
es decir entre el súbdito y el monarca que personificaba
el Estado, pasando a una relación entre sujetos de derecho:
uno, que ejercita el Poder al que se llama "Administración",
con otro sujeto de derecho que se llama "Administrado".
En esta relación, el viejo
"Poder" omnipotente, se ha convertido en la Administración
Pública; ya no dotado de privilegios y prerrogativas sino
de un concepto moderno como es el de la "potestad". De
este modo el poder actuaría allí donde la norma se
lo permite, donde le concede potestades jurídicas, por lo
cual quedó claramente establecido que la Administración
Pública, está organizada y habilitada solamente para
actuar cuando la Ley se lo permite en forma predeterminada.
Nuestros expositores también
nos han recordado que para que funcione un Estado de Derecho tiene
que haber un marco estable de regulación que sólo
puede proporcionarlo, cuando las relaciones entre los diferentes
actores sociales, se dan dentro de la situación anteriormente
descrita. O sea que se producen relaciones de Derecho.
Lo que además implica una mayor
posibilidad de crear las condiciones de seguridad y de previsibilidad
en las conductas tanto del administrador como del administrado.
El ideal de establecer reglas de juego claras y permanentes, es
otro componente importante del Derecho Administrativo y no por obvio,
debemos dejar de recordarlo.
A lo precedentemente señalado,
otro principio indispensable que hay que mencionar es el de la legalidad,
consistente en una serie de técnicas que posibilitan el tránsito
de la pura prerrogativa, propia del autoritarismo, a una situación
de relación jurídica, en la que si bien el Poder del
Estado no desaparece, su ejercicio se delimita en el círculo
jurídico que el Derecho le proporciona.
Finalmente, se nos reiteró
que otro factor importante para construir un Estado de Derecho,
es la plena existencia de la división de Poderes, que tienen
sus propias competencias y responsabilidades, cuyo ejercicio permite
además establecer los pesos y contrapesos que requiere una
sociedad en la medida que ésta se desarrolla.
En cuanto a los procedimientos, los
expositores recordaron que al existir instancias definidas en los
Recursos Administrativos, el ideal se alcanzará cuando el
ciudadano tenga la certidumbre de recibir una respuesta oportuna
frente a sus requerimientos ante la Administración, sin tener
que soportar la viciosa práctica de la retardación
de justicia, que constituye su propia negación.
La aplicación del Derecho Administrativo
y de sus principios, no ha sido un proceso sencillo, dándose
lugar a una ardua lucha para atenuar las inmunidades que tenía
el Poder, por eso hay que estar plenamente conscientes que no hay
fórmulas mágicas para resolver las dificultades que
se deben superar para organizar un sistema de defensa administrativa
y judicial de los derechos, los cuales además, se adecuan
según las circunstancias por las que atraviesa cada país.
Otro elemento que ha sido resaltado
en torno a este tema, es que la Administración ya no debe
cumplir únicamente el papel de resguardar el orden público
para proteger los intereses del viejo régimen como en el
pasado, sino que debe tender a romper las desigualdades que existen
en una sociedad, proporcionando a los ciudadanos lo que individualmente
no pueden lograr por si mismos, en cuya circunstancia el Derecho
Administrativo se constituye en un servicio público, modernizándose
de esta forma sus objetivos.
El Estado Regulador como factor
de Gobernabilidad
Con estos antecedentes de la evolución
del Derecho Administrativo, en el Seminario se desarrollaron conceptos
relacionados con la gobernabilidad y su vinculación con los
Sistemas de Regulación, como respuesta a la transferencia
al sector privado de funciones que tenía el Estado, como
producto de la desregulación de la economía y del
mercado, que no es un fenómeno meramente técnico,
sino que afecta la actitud, la mentalidad y hasta los paradigmas
de la sociedad.
Sin embargo, la aplicación
de una economía desregulada de mercado, requiere de cambios
de orden jurídico, así como de un amplio desarrollo
institucional y normativo, tal como ocurre en las economías
modernas. Asimismo, ante diversos factores como las imperfecciones
del mercado, la necesidad de precautelar sostenidamente los recursos
naturales renovables y el ahorro de la sociedad, surge la imperiosa
necesidad de la actividad reguladora del Estado, puesto que, el
mercado por si solo es incapaz de resolver los complejos problemas
de la sociedad global, ya que el crecimiento económico y
la equidad no siempre van de la mano.
La circunstancia descrita, para generar
las condiciones que hagan factible la gobernabilidad (que la ley
se cumpla), demanda como nunca, que el Estado y la Sociedad lleguen
a consensos mínimos. En consecuencia, el Estado regulador,
es parte esencial de este modelo, donde los regulados participarán
proactivamente en su desarrollo y normatividad, demarcando claramente
las potestades del Poder como regulador y los derechos ciudadanos
como regulados.
En el análisis de esta temática,
los trabajos presentados, concluyen con la manifestación
de un ideal, que es la búsqueda del bien común como
objetivo de toda sociedad que puede ser logrado en un Estado de
Derecho, contando para ello con el Derecho Administrativo, como
un elemento clave de la gobernabilidad, puesto que sus normas definen
gran parte de la capacidad del Estado y de la Sociedad para responder
adecuada y oportunamente los desafíos que genera la globalización
e internacionalización de la economía.
El Derecho Administrativo en Bolivia
Existe en Bolivia un Derecho Administrativo,
pero todavía débil e incipiente, sin un desarrollo
sistemático, uniforme u orgánico. Este presenta, al
contrario, manifestaciones aisladas, parciales y dispersas. Sin
embargo, como el desarrollo de esta disciplina jurídica es
inherente a todo el Derecho, responde a la realidad a la cual está
destinado. En nuestro país el desarrollo institucional y
administrativo todavía es limitado.
Una economía primaria, una
población y un territorio en su mayor parte marginados de
la vida nacional, no constituyen un escenario propicio para el desarrollo
de una administración sólida y moderna y, consecuentemente,
de un Derecho Administrativo que implique conciencia y madurez jurídica.
Por lo tanto, el problema no radica
tanto en la ausencia de normas como en la falta de su cumplimiento.
Y este es un problema que afecta a casi todo nuestro sistema jurídico.
No obstante, actualmente se vislumbra
un proceso de evolución del Derecho Administrativo, paralelo
y como resultado de las nuevas concepciones económicas y
del cambio institucional. En los medios institucionales, políticos
y académicos, cobra cada vez más fuerza el interés
y la preocupación por temas como la reforma y modernización
del Estado, la simplificación administrativa, la gerencia
pública, la eficiencia y transparencia de la función
pública, el mejoramiento de los servicios públicos,
el limitar el poder discrecional de la Administración, el
cumplimiento de la ley y de los procedimientos establecidos.
En fin, se vislumbra la necesidad
de un cambio cualitativo en la conducta del Estado y de la sociedad
que no puede derivar sino en la consolidación de un Estado
de Derecho, como el primer ordenador de la vida nacional.
En el área de los Sistemas
de Regulación se han dado avances significativos, particularmente
en materia de servicios públicos y de las actividades financieras,
habiéndose desarrollado un conjunto de principios, normas
generales y sectoriales, así como un procedimiento uniforme,
todo lo cual está dando lugar a la presencia en el país
de un novísimo desarrollo jurídico: El Derecho Regulatorio.
Palabras Finales
Esperamos que esta primera publicación
sea de utilidad a nuestros lectores y un aporte al desarrollo del
Derecho Administrativo. Los temas tratados en el Seminario celebrado
en la ciudad de La Paz entre le 22 y 24 de junio de 1999, concitaron
un gran interés público, constituyéndose en
una base teórica y práctica para abrir un debate nacional.
Sin embargo, consideramos que también lo será para
aquellos países que han desregulado sus economías
y que están empeñados en consolidar sus democracias
en el marco de un efectivo Estado de Derecho.
Agradecemos profundamente la cooperación
recibida de entidades extranjeras y nacionales que han hecho posible
realizar el evento. Lo hacemos extensivo a expositores y participantes,
sin cuyo concurso no hubiera sido posible alcanzar el éxito
de nuestro Seminario.